El alcalde (e) Pedrito Pereira Caballero asumió la delegación de manera directa de la contratación del Plan de Alimentación Escolar -PAE, del Distrito y toda la ordenación del gasto que corresponda a este programa.
La decisión, adoptada mediante Decreto 1396 del 5 de diciembre de 2018, precisa que la fase de planeación del proceso contractual corresponde a la Secretaría de Educación, lo que significa que esa dependencia debe adelantar los estudios previos necesarios y pertinentes de conformidad con la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto reglamentario 1082 de 2015, así como las demás normas aplicables a este programa de alimentación escolar.
El Programa de Alimentación Escolar -PAE, constituye un plan especial de equidad, para lo cual el complemento alimentario que ofrece dicho Programa contribuye eficazmente a la retención de los estudiantes en el sistema educativo y complementa la alimentación en sus hogares.
El decreto precisa que es importante adelantar un proceso contractual que garantice los principios de la función administrativa, en particular los de economía, eficacia y eficiencia, por lo que se considere conveniente reasumir esta delegación relativa al proceso contractual necesario para cumplir con el programa de alimentación escolar.
El decreto expedido por el alcalde encargado no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de carácter general.